CIRCULAR INFORMATIVA

Recomendaciones Relacionadas con el Manejo de Casos Específicos de los CFDI’s de Nómina

1).- Recomendaciones relacionadas con el manejo de viáticos de los CFDI’s de nómina:

  • Considerando que las empresas deben incluir los viáticos en los CFDI’s de nómina, para efectos laborales es conveniente:
  • Contar con una política escrita sobre el manejo de viáticos, firmada por todos aquellos trabajadores que reciban viáticos.
  • Contar con constancias de entrega de viáticos firmada por los trabajadores.
  • Contar con constancias (adicionales a los CFDI’s de nómina) de comprobación de los viáticos firmados por los trabajadores.

 

2).- Recomendaciones Relacionadas con el Manejo de los CFDI’s de Nómina al Momento de la Terminación de la Relación Laboral

 

  • No utilizar nómina extraordinaria, ya que en ésta no se pueden manejar salarios devengados ni partes proporcionales. Utilizar entonces nómina ordinaria para que se concentren en ella todos los pagos efectuados al trabajador con motivo de la separación. En este caso para efectos del ISR aparecerán 2 cálculos: uno sobre tarifa normal y otro sobre tasa efectiva.
  • Procurar no realizar pagos por separación, convenios de terminación laboral o pago de laudos, los últimos días de cada mes, ya que los CFDI’s por estos conceptos sólo se pueden generar a más tardar el último día hábil del mes en que se haya realizado el pago (regla 2.7.5.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018).

 

3).- Validación de los CFDI’s de Nómina en el Juicio Laboral

 

Exhibir documento impreso (pdf) y archivo digital del mismo (xml).

Designación de peritos para determinar si el documento fue emitido por la empresa y si está íntegro e inalterado.

Alternativas:

Seguir emitiendo paralelamente recibos en papel.

Firmar autógrafamente los CFDI’s de nómina.

No son legalmente muy funcionales los usuarios o NIP’s proporcionados por la empresa.

Firma electrónica de los trabajadores en los CFDI’s de nómina, conforme al artículo 17-F segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, regla 2.2.12 de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y ficha de trámite 256/CFF “Solicitud de acceso al servicio público de consulta”, contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018.

 

Recibos Electrónicos de Pago de Salario

 

Jurisprudencias: SALARIO. LAS CONSTANCIAS DE NÓMINA MEDIANTE DEPÓSITOS ELECTRÓNICOS, AUNQUE NO CONTENGAN LA FIRMA DEL TRABAJADOR, TIENEN VALOR PROBATORIO COMO COMPROBANTES DEL PAGO DE AQUÉL, SI LAS CANTIDADES CONSIGNADAS EN ELLAS COINCIDEN CON LAS QUE APARECEN EN LOS ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS BAJO EL CONCEPTO «PAGO POR NÓMINA» U OTRO SIMILAR.

 

TRABAJADORES DE CONFIANZA DE PETRÓLEOS MEXICANOS. VALOR PROBATORIO DE LOS ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS, PARA DEMOSTRAR LA CANTIDAD QUE RECIBEN POR CONCEPTO DE COMPENSACIÓN MENSUAL.

Todavía no son plenamente aceptados en las Juntas de Conciliación y Arbitraje.