CIRCULAR INFORMATIVA

Política de Teletrabajo (HOME OFFICE)

POLÍTICA DE TELETRABAJO (HOME OFFICE)

 

 

1).- Muchas empresas han tenido que implementar el teletrabajo como una medida de emergencia ante la pandemia derivada del Coronavirus Covid-19, pero lo han hecho sin ningún tipo de reglamentación.

 

 

2).-  En atención a que este esquema de trabajo va a continuar todavía por varios meses más, se vuelve indispensable que las empresas elaboren una política en materia de teletrabajo, que reglamente esta forma de operar.

 

 

3).- La política en materia de teletrabajo debe contener, entre otros elementos, en qué casos se aplicará el teletrabajo, cuáles son las distintas formas de realizar el teletrabajo y cuáles son las formas permitidas y cuáles no, cuáles son las nuevas obligaciones de los trabajadores en materia de teletrabajo, cuáles son los derechos de los trabajadores en el teletrabajo, de qué forma se compensará a los trabajadores por los gastos extra que les genere el teletrabajo, si va a generarse o no algún cambio temporal en materia de prestaciones, etc., etc.

 

 

4).- También es importante determinar en dónde debe constar la política de teletrabajo, ya que no tiene las mismas repercusiones legales si consta en un contrato de trabajo o en un adendum al mismo, que si consta en una política de recursos humanos o en el reglamento interior de trabajo de la empresa, por citar sólo algunos ejemplos.

 

 

5).- Igualmente la política de teletrabajo se debe compatibilizar con las obligaciones especiales del trabajo a domicilio, contempladas en la Ley Federal del Trabajo.

 

 

6).- Por último, hay que analizar cuáles son las repercusiones fiscales que implican las diferentes obligaciones que hay que cumplir con motivo del teletrabajo, ya que muchas empresas se equivocan en su manejo.