GENERALIDADES SOBRE LAS NUEVAS OBLIGACIONES QUE HAY QUE CUMPLIR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CON MOTIVO DE LA ETAPA POST-CUARENTENA DEL COVID-19
Para que las empresas puedan reiniciar trabajos después de pasada la cuarentena por Covid-19, tienen obligación de ajustar distintos documentos que deben tener conforme a las Normas Oficiales Mexicanas en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, siendo los principales los siguientes:
a).- El Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, conforme a la NOM-030-STPS-2009.
b).- El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, conforme a la misma Norma.
c).- Los planes de capacitación en seguridad y salud en el trabajo.
d).- El esquema de trabajo conforme a la NOM-035-STPS-2018 de riesgo psicosocial.
e).- Contar con un programa específico de limpieza y sanitización en el centro de trabajo.
f).- Adoptar medidas para manejar los riesgos que implican el desplazamiento de su casa al trabajo y viceversa.
g).- Tener un protocolo para el manejo de los casos sospechosos de Covid-19 o de contagios propiamente dichos en la empresa.
Todas esas medidas se deben implementar de manera muy técnica. El no hacerlo, implicaría para las empresas tener que enfrentar multas de hasta $1,390,080.00 y la clausura, temporal o definitiva, del centro de trabajo.
En atención a ello, las empresas deberán realizar estos trabajos a la mayor brevedad posible.