CIRCULAR INFORMATIVA

ASPECTOS IMPORTANTES DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA 2019

De conformidad con la Ley y del propio Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo se establece el mecanismo de evaluación a través de organismos privados los que podrán quedar acreditados en dos modalidades

1).- Unidades de Verificación

2).- Laboratorios de prueba

 

Unidades de Verificación

Artículo 84

Las unidades de verificación podrán, a petición de parte interesada, verificar el cumplimiento de normas oficiales mexicanas, solamente en aquellos campos o actividades para las que hubieren sido aprobadas por las dependencias competentes. (VOLUNTARIO)

 

Artículo 85

Los dictámenes de las unidades de verificación serán reconocidos por las dependencias competentes, así como por los organismos de certificación y en base a ellos podrán actuar en los términos de esta Ley y conforme a sus respectivas atribuciones. (la Autoridad pierde facultad revisora en una inspección salvo discrepancia tácita)

 

Laboratorios de prueba

Artículo 81

Se instituye el Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Pruebas con el objeto de contar con una red de laboratorios acreditados que cuenten con equipo suficiente, personal técnico calificado y demás requisitos que establezca el reglamento, para que presten servicios relacionados con la normalización a que se refiere esta Ley.

Obligatorio para estudios de Higiene0

Previsión sobre los estudios de Higiene

Artículo109. Los dictámenes, informes de resultados y certificados de cumplimiento emitidos por las unidades de verificación, laboratorios de pruebas y organismos de certificación acreditados y aprobados, respectivamente, serán reconocidos por la Autoridad Laboral, mediante el número de registro que la Secretaría hará constar en ellos, en forma previa a su entrega por parte del Organismo Privado a quien haya contratado sus servicios para la Evaluación de la Conformidad de las Normas.

Las Normas que expida la Secretaría establecerán la vigencia que tendrán los dictámenes, informes de resultados y certificados para comprobar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las Normas. De no establecerse dicho plazo, los mencionados dictámenes, informes de resultados y certificados, tendrán una vigencia de un año.

 

Atentamente.

 

Sánchez, Arellano Abogados.