CIRCULAR INFORMATIVA

TRES TIPS SOBRE REFORMAS A LOS CFDI´S DE NÓMINA

 

PRIMER TIP:

El nuevo procedimiento en materia de CFDI´s de nómina establece que cuando un
trabajador se separa de su empleo y en un mismo periódo se efectúe, tanto el
pago por indemnización o separación y el último pago de sueldos ordinarios, la
nueva forma de resolverlo puede ser hacer 2 pagos y emitir 2 CFDI’S.
O en un uno solo pago y CFDI, y presentar un complemento, ya que ambos
pagos tienen diferente tratamiento fiscal y distintos impuestos sobre la renta.

 

SEGUNDO TIP:
La nueva forma de registrar los pagos que se realicen de manera adicional a los
jubilados (extrabajadores) bajo conceptos como gratificaciones, primas o cualquier
otro, se entregan al trabajador en el mismo CFDI, se pone la jubilación y los
gastos derivados pero se calculan de manera distinta los impuestos.
Es indispensable recordar que los jubilados tienen una exención de 15 veces la
Unidad de Medida de Actualización.
TERCER TIP:
Los cambios al procedimiento para el registro de la diferencia del Impuesto sobre
la Renta a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual por sueldos y
salarios en el CFDI de nómina.
Se hace de la siguiente manera, en la nómina se realiza el cálculo anual y se
hace las retención del impuesto en enero y se utilizan la diferencia de Impuesto
sobre la Renta con la clave de los CFDI´s de nómina 101.