Entrada en Vigor del Nuevo Sistema de Justicia Laboral
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- El 18 de noviembre del 2020 entró en vigor el nuevo sistema de justicia laboral en el Estado de México, Campeche, Chiapas, Durango, San Luis Potosí Tabasco y Zacatecas, tanto en el ámbito local como en el ámbito federal.
- El mismo día entró en vigor en Hidalgo, pero sólo por lo que se refiere a nivel federal.
- La segunda etapa de implementación será para 13 entidades federativas (Aguascalientes, Baja California, Colima, Guerrero, Michoacán, Morelos, Guanajuato, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Tlaxcala y Yucatán) el 1 de octubre del 2021.
- La última fase de implementación iniciará el 1 de mayo del 2022 en la Ciudad de México, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Jalisco, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Sonora, Tamaulipas y Veracruz.
Los Contratos de Protección
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- Están prohibidos por la reforma laboral.
- Ya no pueden operar en la práctica a partir del 1 de mayo del 2023.
- Ya no se necesitan, porque la causa que dio origen a los contratos de protección ya no existe, ya que no hay posibilidad de que un sindicato ajeno por completo a la empresa y a sus trabajadores le estalle una huelga por firma de contrato colectivo, ya que ahora se requiere que el sindicato emplazante cuente con una Constancia de Representatividad, y para obtener ésta se requiere contar con las firmas de por lo menos el 30% de los trabajadores de la empresa.
Recomendaciones Básicas para Empresas Sin Sindicato
- Elaboración de estudio de clima laboral.
- Conservar una posición salarial acorde al mercado.
- “Las orejas” entre los trabajadores.
- Evitar la creación de “causas comunes” a todos los trabajadores.
- Analizar el contenido de contratos colectivos de empresas competidoras.
- Procurar resolver prontamente los conflictos que se susciten en la práctica.
- Analizar los problemas obrero-patronales y/o cambios que con mayor frecuencia se están presentando en la localidad y/o en la rama industrial a que se pertenece y/o en la propia empresa.
- Rendir informes periódicos por escrito a la Dirección sobre los puntos más relevantes.
- Contar con estadísticas históricas y recientes sobre recursos humanos.
- Incorporar principios de trabajo decente, que es un concepto impulsado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
- El concepto de trabajo decente es el punto en donde convergen los cuatro objetivos estratégicos de la OIT, a saber: la promoción de los derechos fundamentales en el trabajo; el empleo; la protección social y el diálogo social.
- El trabajo decente es aquel empleo productivo que es justamente remunerado y se realiza en condiciones de libertad, equidad, seguridad, estabilidad y respeto a la condición humana.
- Capacitación en relaciones laborales, a través de los siguientes cursos y seminarios:
- Curso para Directivos sobre afectaciones del Convenio 98 y la Reforma Laboral 2019.
- Formación de supervisores en Ley Federal del Trabajo.
- Formación de supervisores en habilidades blandas para la gestión de personal sindicalizado.
- Reforzar a las áreas de Relaciones Industriales con personal idóneo, a quien se le puede proporcionar Mentoring de Relaciones Industriales.
- Actualizar y reforzar el Reglamento Interior de Trabajo de la empresa.
- Identificar a los líderes dentro de cada empresa o establecimiento.
- Implementar las Comisiones Mixtas con representantes elegidos libremente.
- Implementar, de común acuerdo con los trabajadores, Políticas de Igualdad, de No Discriminación y de No Violencia Laboral.
- Mantener comunicación permanente con los trabajadores.
- Eliminar descuentos ilegales a los trabajadores, para generar un neto mayor.
- Ejecutar despidos inmediatos, con liquidaciones al 100%, al momento de detectarse movimientos sindicales ajenos a la empresa.
- Unir esfuerzos con otras empresas (en Asociaciones y Cámaras) para hacer frente a los sindicatos.
CÓMO PREPARARSE PARA HACER FRENTE A LA INMINENTE ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL
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