Visitas de Inspección Laborales para Comprobar Medidas contra COVID-19 Públicado en junio 17, 2020 por Sanchez Arellano Abogados NOTA TÉCNICA SOBRE VISITAS DE INSPECCIÓN LABORALES PARA COMPROBAR MEDIDAS CONTRA COVID-19 1).- A partir del inicio de la tapa conocida como “Nueva Normalidad”, cada vez más empresas están siendo revisadas en visitas de inspección laborales, para comprobar si cumplen o no con las medidas dictadas para controlar el Covid-19 en las empresas. 2).- Las visitas de inspección laborales se llevan a cabo conforme al Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio del 2014. 3).- Las visitas de inspección laborales las pueden realizar las autoridades federales o locales de cada uno de los Estados de la República y de la Ciudad de México. 4).- Las visitas de inspección por autoridades federales revisan el cumplimiento de los lineamientos generales vigentes contra el Covid-19 a nivel federal, así como los lineamientos específicos para cierto tipo de actividades que existen a nivel federal, siendo supletoria de la regulación de las visitas federales la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 5).- Las visitas de inspección por autoridades locales revisan el cumplimiento de los lineamientos generales vigentes contra el Covid-19 a nivel local, así como los lineamientos específicos para cierto tipo de actividades que existen a nivel local, siendo supletoria de la regulación de las visitas locales la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de que se trate. 6).- Si las empresas no implementan las medidas para el control del Covid-19 de manera previa a la inspección laboral o durante la misma, pueden hacerse acreedoras a multas o a sufrir restricciones de acceso o limitación de operaciones (clausura total o parcial). 7).- Las sanciones que se impongan a las empresas con motivo de una visita de inspección laboral podrán impugnarse a través de un recurso de revisión o de un juicio de nulidad (en la vía tradicional o sumaria, según corresponda).