Recibo de Pagos de Salarios

En todos los casos, el trabajador deberá tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago. Los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio de que el patrón lo deba entregar en documento impreso cuando el trabajador así lo requiera.

 

Los recibos impresos deberán contener firma autógrafa del trabajador para su validez; los recibos de pago contenidos en comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) pueden sustituir a los recibos impresos; el contenido de un CFDI hará prueba si se verifica en el portal de internet del Servicio de Administración Tributaria; en caso de ser validado se estará a lo dispuesto en la fracción I del artículo 836-D de la Ley Federal del Trabajo.

 

 

Repercusiones Laborales de los CFDI’s de Nómina

 

  • Contenido de los CFDI’s de nómina:
    • Todos los aspectos fiscales.
    • Lo relacionado en el artículo 9 del RLSSMACERF.
    • Adenda: campos que permiten integrar elementos de tipo no fiscal.

 

  • Contenido de la Adenda:
    • Control de jornada y horario.
    • Control de horas extras.
    • Leyenda de aceptación del trabajador de jornada, horario, horas extras, percepciones y deducciones.

 

 

Recomendaciones para Minimizar el Aspecto Legal Negativo que Pueden Traer Aparejados los CFDI’s de Nómina

 

  • Si ciertas prestaciones se separan en ingresos gravados y en ingresos exentos (debiendo así aparecer en el xml), en el pdf cada percepción debe aparecer completa.
  • La antigüedad se debe precisar desde la fecha reconocida laboralmente (ejemplos: becarios/trabajadores, contrato tiempo determinado/contrato tiempo indefinido).
  • El riesgo puesto es igual para todos los trabajadores en la empresa que hayan sido contratados directamente por ésta.

 

Recomendaciones para Minimizar el Aspecto Legal Negativo que Pueden Traer Aparejados los CFDI’s de Nómina (Cont.)

 

  • Se deben incorporar a los CFDI’s de nóminas todas las prestaciones que se quieran deducir, a excepción de herramientas de trabajo y servicio de comedor.
  • No se deben incorporar en un mismo concepto del catálogo 2 ó más percepciones o deducciones distintas.
  • Realizar la entrega de los CFDI’s a los trabajadores a través de una página o dirección electrónica que les permita obtener una representación impresa de los CFDI’s (regla 2.7.5.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020).
  • Cuidar los textos de los CFDI’s de nómina que se expida a los asimilados a salarios (por ejemplo, becarios, jubilación, pensión, etc.).

 

 

Recomendaciones Relacionadas con el Manejo de Viáticos en los CFDI’s de Nómina

 

Considerando que las empresas deben incluir los viáticos en los CFDI’s de nómina, para efectos laborales es conveniente:

 

  • Contar con una política escrita sobre el manejo de viáticos, firmada por todos aquellos trabajadores que reciban viáticos.
  • Contar con constancias de entrega de viáticos firmada por los trabajadores.
  • Contar con constancias (adicionales a los CFDI’s de nómina) de comprobación de los viáticos firmados por los trabajadores.

 

 

Recomendaciones Relacionadas con el Manejo de los CFDI’s de Nómina al Momento de la Terminación de la Relación Laboral

 

  • No utilizar nómina extraordinaria, ya que en ésta no se pueden manejar salarios devengados ni partes proporcionales. Utilizar entonces nómina ordinaria para que se concentren en ella todos los pagos efectuados al trabajador con motivo de la separación. En este caso para efectos del ISR aparecerán 2 cálculos: uno sobre tarifa normal y otro sobre tasa efectiva.
  • Procurar no realizar pagos por separación, convenios de terminación laboral o pago de laudos, los últimos días de cada mes, ya que los CFDI’s por estos conceptos sólo se pueden generar a más tardar el último día hábil del mes en que se haya realizado el pago (regla 2.7.5.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020).