{"id":147,"date":"2019-05-14T19:41:07","date_gmt":"2019-05-14T19:41:07","guid":{"rendered":"http:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/?p=147"},"modified":"2019-05-14T19:42:58","modified_gmt":"2019-05-14T19:42:58","slug":"sindicatos-reforma-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/circular-informativa\/sindicatos-reforma-laboral\/","title":{"rendered":"Reformas a Los Sindicatos con la Nueva Ley Federal del Trabajo"},"content":{"rendered":"<p>A partir del 1\u00ba de mayo del 2019, se modific\u00f3 la Ley Federal del Trabajo y uno de los temas que m\u00e1s cambios tiene es el relativo a los Sindicatos, en general a todo el esquema de relaciones laborales. Nos encontramos en un momento de oportunidad para cambiar todos los paradigmas relacionados con las relaciones laborales, debemos conocer las estrategias para que las relaciones laborales sean lo mejor posible y evitar incurrir en errores que pueden afectar de manera fundamental la relaci\u00f3n entre los trabajadores y el patr\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por eso ahora, veremos de manera general las modificaciones al esquema de Sindicatos, 3l art\u00edculo 357 de la Ley Federal del Trabajo, establece que los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinci\u00f3n y sin autorizaci\u00f3n previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, as\u00ed como el de afiliarse a \u00e9stas, con la sola condici\u00f3n de observar los estatutos de las mismas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las organizaciones de trabajadores y de patrones deber\u00e1n gozar de adecuada protecci\u00f3n contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus representantes en su constituci\u00f3n, funcionamiento o administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El reconocimiento de la personalidad jur\u00eddica de las organizaciones de trabajadores y patrones, as\u00ed como sus federaciones y confederaciones no estar\u00e1 sujeta a condiciones que impliquen restricci\u00f3n\u00a0 alguna a sus garant\u00edas y derechos, entre ellos a:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>-Redactar sus estatutos y reglamentos administrativos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>-Elegir libremente a sus representantes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>-Organizar su administraci\u00f3n y sus actividades.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>-Formular su programa de acci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>-Constituir las organizaciones que estimen convenientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>-No estar\u00e1n sujetos a disoluci\u00f3n, suspensi\u00f3n o cancelaci\u00f3n por v\u00eda administrativa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los miembros de los sindicatos cuentan actualmente con los derechos de libre afiliaci\u00f3n y de participaci\u00f3n al interior de \u00e9stas, los cuales implican las siguientes garant\u00edas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>-Nadie puede ser obligado a formar o no parte de un sindicato. Cualquiera estipulaci\u00f3n que desvirt\u00fae de alg\u00fan modo esta disposici\u00f3n se tendr\u00e1 por no puesta.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los procedimientos de elecci\u00f3n de sus directivas deber\u00e1n salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto de los miembros, as\u00ed como ajustarse a reglas democr\u00e1ticas y de igualdad de g\u00e9nero, en t\u00e9rminos del art\u00edculo 371 de esta Ley. El per\u00edodo de duraci\u00f3n de las directivas no podr\u00e1 ser indefinido, o de una temporalidad tal que obstaculice la participaci\u00f3n democr\u00e1tica de los afiliados, y tampoco podr\u00e1 ser lesivo al derecho de votar y ser votado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las sanciones que impongan los sindicatos a sus miembros deber\u00e1n ce\u00f1irse a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y en los estatutos; para tal efecto se deber\u00e1 cumplir con los derechos de audiencia y debido proceso del involucrado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A partir de ahora, se abre la posibilidad de que se empiecen a constituir sindicatos multiobjeto, o que se transformen los ya existentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El registro de los sindicatos, podr\u00e1 cancelarse \u00fanicamente cuando el sindicato incumple con su objeto o finalidad cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales incurran en actos de extorsi\u00f3n en contra de los patrones, exigi\u00e9ndoles un pago en dinero o en especie para desistir de un emplazamiento a huelga o abstenerse de iniciar o continuara un reclamo de titularidad de contrato colectivo de trabajo. En consecuencia, esta conducta comprobada podr\u00e1 servir de base para que se demande por la v\u00eda jurisdiccional la cancelaci\u00f3n del registro sindical, independientemente de las responsabilidades, que puedan derivarse por la comisi\u00f3n de dichas conductas delictivas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Atentamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>S\u00e1nchez, Arellano Abogados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A partir del 1\u00ba de mayo del 2019, se modific\u00f3 la Ley Federal del Trabajo y uno de los temas que m\u00e1s cambios tiene es el relativo a los Sindicatos, en general a todo&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":148,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[14],"tags":[56,55,35],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/147"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=147"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/147\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":149,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/147\/revisions\/149"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/148"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=147"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=147"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=147"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}