{"id":136,"date":"2019-05-05T00:43:17","date_gmt":"2019-05-05T00:43:17","guid":{"rendered":"http:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/?p=136"},"modified":"2019-05-05T00:43:17","modified_gmt":"2019-05-05T00:43:17","slug":"regulacion-de-los-programas-de-proteccion-civil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/circular-informativa\/regulacion-de-los-programas-de-proteccion-civil\/","title":{"rendered":"REGULACI\u00d3N DE LOS PROGRAMAS DE PROTECCI\u00d3N CIVIL"},"content":{"rendered":"<p><strong>1).- <u>Introducci\u00f3n<\/u>.-\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p>M\u00e9xico, dispone de una Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil (SINAPROC),\u00a0 en proceso de renovaci\u00f3n, el cual obedece a la necesidad de contar con planes de respuesta ante emergencias mayores y desastres.<\/p>\n<p>Su conformaci\u00f3n en los \u00faltimos 25 a\u00f1os ha sido reactiva, por lo que los ordenamientos jur\u00eddicos en la materia, disponen de grandes discrepancias, que hacen la gesti\u00f3n administrativa de los planes de emergencia una tarea compleja para las organizaciones.<\/p>\n<p>Desde 2012, se inicia un proceso de reformas continuas centrado en la Gesti\u00f3n Integral del Riesgo cuyo objetivo es fortalecer los sistemas de Prevenci\u00f3n, Predicci\u00f3n y la Generaci\u00f3n de Resiliencia en la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2).- <u>Gesti\u00f3n Integral del Riesgo<\/u>.-<\/strong><\/p>\n<p>El conjunto de acciones encaminadas a la identificaci\u00f3n, an\u00e1lisis, evaluaci\u00f3n, control y reducci\u00f3n de los riesgos, consider\u00e1ndolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcci\u00f3n, que involucra a los tres niveles de gobierno, as\u00ed como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realizaci\u00f3n de acciones dirigidas a la creaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificaci\u00f3n de los riesgos y\/o su proceso de formaci\u00f3n, previsi\u00f3n, prevenci\u00f3n, mitigaci\u00f3n, preparaci\u00f3n, auxilio, recuperaci\u00f3n y reconstrucci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>3).- <u>Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil<\/u>.- <\/strong><\/p>\n<p>De conformidad al Art\u00edculo 2, Fracci\u00f3n XL de la Ley General de Protecci\u00f3n Civil, el Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil: Es un instrumento de planeaci\u00f3n y operaci\u00f3n, circunscrito al \u00e1mbito de una dependencia, entidad, instituci\u00f3n u organismo del sector p\u00fablico, privado o social; que se compone por el plan operativo para la Unidad Interna de Protecci\u00f3n Civil, el plan para la continuidad de operaciones y el plan de contingencias, y tiene como prop\u00f3sito mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre;<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. El Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil se lleva a cabo en cada uno de los inmuebles para mitigar los riesgos previamente identificados y estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre.<\/p>\n<p>Para la implementaci\u00f3n del Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil cada instancia a la que se refiere el art\u00edculo siguiente, deber\u00e1 crear una estructura organizacional espec\u00edfica denominada Unidad Interna de Protecci\u00f3n Civil que elabore, actualice, opere y vigile este instrumento en forma centralizada y en cada uno de sus inmuebles.<\/p>\n<p>Para el caso de las unidades hospitalarias, en la elaboraci\u00f3n del programa interno se deber\u00e1n tomar en consideraci\u00f3n los lineamientos establecidos en el Programa Hospital Seguro.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. Los inmuebles e instalaciones fijas y m\u00f3viles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores p\u00fablico, privado y social, a que se refiere el Reglamento de esta Ley, deber\u00e1n contar con un Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p>Dicho programa deber\u00e1 ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por la Unidad Interna de Protecci\u00f3n Civil, la que podr\u00e1 ser asesorada por una persona f\u00edsica o moral que cuente con el registro actualizado correspondiente, de acuerdo con lo que se establece en el art\u00edculo 11 de esta Ley.<\/p>\n<p>El contenido y las especificaciones de este tipo de programas, se precisar\u00e1n en el Reglamento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>4).- <u>Obligatoriedad de Contar con Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil<\/u>.-<\/strong><\/p>\n<p>El art\u00edculo 74 del Reglamento de la Ley General de Protecci\u00f3n Civil establece que el Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n general y obligado cumplimiento a todas las actividades, centros, establecimientos, espacios e instalaciones fijas y m\u00f3viles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores p\u00fablico, privado y social del pa\u00eds, que puedan resultar afectadas por Siniestros, Emergencias o Desastres.<\/p>\n<p>Los Programas Internos de Protecci\u00f3n Civil podr\u00e1n atender a alguno o varios de los siguientes criterios:<\/p>\n<p>I. Aforo y ocupaci\u00f3n.<\/p>\n<p>II. Vulnerabilidad f\u00edsica.<\/p>\n<p>III. Carga de fuego, entendido como la magnitud del Riesgo de incendio que posee un inmueble o instalaci\u00f3n; (Se toma como referencia el estudio de Grado de Riesgo de Incendio NOM-002-STPS-2010).<\/p>\n<p>IV. Cantidad de sustancias peligrosas; (Se usa listado de sustancias de 1991 de la SEMARNAT).<\/p>\n<p>V. Condiciones f\u00edsicas de accesibilidad de los servicios de rescate y salvamento.<\/p>\n<p>VI. Tiempo de respuesta de los servicios de rescate y salvamento.<\/p>\n<p>VII. Da\u00f1os a terceros.<\/p>\n<p>VIII. Condiciones del entorno.<\/p>\n<p>IX. Otros que pudieran contribuir a incrementar un Riesgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>5).- <u>Contenido de los Programas Internos de Protecci\u00f3n Civil<\/u>.- <\/strong><\/p>\n<p>El art\u00edculo 76 del Reglamento de la Ley General de Protecci\u00f3n Civil establece el contenido y las especificaciones de los Programas Internos de Protecci\u00f3n Civil son los siguientes:<\/p>\n<p>B. Especificaciones:<\/p>\n<p>I. Constar por escrito;<\/p>\n<p>II. Estar redactado y firmado por personal competente, facultado y capacitado para dictaminar<\/p>\n<p>III. Aplicaci\u00f3n de un programa anual de auto-verificaci\u00f3n, que garantice la inspecci\u00f3n y supervisi\u00f3n de su implementaci\u00f3n.<\/p>\n<p>IV. Considerar el aprovisionamiento de los medios y recursos que se precisen para su aplicabilidad;<\/p>\n<p>V. Evaluaci\u00f3n del Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil para asegurar su eficacia y operatividad en situaciones de Emergencia, para lo cual se realizar\u00e1n ejercicios de Simulacro, con distintas hip\u00f3tesis de Riesgo y con la periodicidad m\u00ednima que fije el propio programa y, en todo caso, al menos dos veces al a\u00f1o;<\/p>\n<p>VI. De las actividades de seguimiento y mejora del Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil, se conservar\u00e1 la evidencia documental, as\u00ed como de los informes de evaluaci\u00f3n, verificaci\u00f3n o inspecci\u00f3n realizados, debidamente suscritos por el responsable del Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil;<\/p>\n<p>VII. Tendr\u00e1 una vigencia anual y deber\u00e1 ser actualizado y revisado, al menos, con una periodicidad no superior a dos a\u00f1os;<\/p>\n<p>VIII.\u00a0 La vigilancia en el grado de cumplimiento del Programa Interno de Protecci\u00f3n Civil recae en las Unidades de Protecci\u00f3n Civil, a trav\u00e9s de las autoridades con facultad para realizar visitas de inspecci\u00f3n o verificaci\u00f3n y, en su caso, imponer sanciones conforme a la normativa local.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>6).- <u>Estructura de Los Programas de Protecci\u00f3n Civil<\/u>.- <\/strong><\/p>\n<p>La estructura de un programa de protecci\u00f3n civil, obedece a un instrumento administrativo, que se documenta por escrito y en el que se plasma<\/p>\n<p>1) Los riesgos a los que est\u00e1 expuesta una instalaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2) Los recursos para atenci\u00f3n de emergencias existentes o requeridos.<\/p>\n<p>3) Los procedimientos de actuaci\u00f3n ante la ocurrencia de un siniestro.<\/p>\n<p>4) Los lineamientos de capacitaci\u00f3n<\/p>\n<p>5) Las acciones de seguimiento y operaci\u00f3n<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Quedamos a sus \u00f3rdenes para cualquier aclaraci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>A t e n t a m e n t e .<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>S\u00e1nchez, Arellano Abogados.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1).- Introducci\u00f3n.-\u00a0 M\u00e9xico, dispone de una Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil (SINAPROC),\u00a0 en proceso de renovaci\u00f3n, el cual obedece a la necesidad de contar con planes de respuesta ante emergencias mayores y desastres. 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