{"id":1223,"date":"2024-01-31T19:14:58","date_gmt":"2024-01-31T19:14:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/?p=1223"},"modified":"2024-01-31T19:14:59","modified_gmt":"2024-01-31T19:14:59","slug":"sujetos-exentos-a-repartir-ptu-a-los-trabajadores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/circular-informativa\/sujetos-exentos-a-repartir-ptu-a-los-trabajadores\/","title":{"rendered":"SUJETOS EXENTOS A REPARTIR PTU A LOS TRABAJADORES"},"content":{"rendered":"\n<p>Sujetos Obligados a Repartir Utilidades a sus Trabajadores<br>Son sujetos obligados a repartir utilidades todas las unidades econ\u00f3micas de producci\u00f3n,<br>distribuci\u00f3n o comercializaci\u00f3n de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del<br>Trabajo y, en general, todas las personas f\u00edsicas o morales que tengan trabajadores a su<br>servicio.<br>Los criterios que al respecto se han sustentado por las autoridades del trabajo son los<br>siguientes:<br>a) Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su raz\u00f3n social, tienen obligaci\u00f3n<br>de repartir utilidades a sus trabajadores, por no tratarse de empresas de nueva creaci\u00f3n,<br>ya que iniciaron sus operaciones con anterioridad al cambio o modificaci\u00f3n de sus<br>nombres o razones sociales.<br>b) En las empresas que tengan varias plantas de producci\u00f3n o distribuci\u00f3n de bienes o<br>servicios, as\u00ed como diversos establecimientos, sucursales, agencias u otra forma<br>semejante, cuyos ingresos se acumulen en una sola declaraci\u00f3n para efectos del pago del<br>impuesto sobre la renta, la participaci\u00f3n de las utilidades a los trabajadores se har\u00e1 con<br>base en la declaraci\u00f3n del ejercicio y no por los ingresos obtenidos en cada unidad<br>econ\u00f3mica.<br>Como las plantas se encuentran bajo una misma raz\u00f3n social, se debe realizar un solo<br>procedimiento legal para la determinaci\u00f3n de la PTU en la empresa, lo que significa que<br>debe de haber una sola acta de constituci\u00f3n y funcionamiento de la Comisi\u00f3n Mixta de<br>PTU de la empresa, una sola determinaci\u00f3n de las utilidades, trabajador por trabajador<br>efectuada por la citada Comisi\u00f3n Mixta.<br>c) Personas morales con fines no lucrativos, en alguno de los siguientes supuestos:<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>Obtengan ingresos por intereses reales provenientes del sistema financiero o<br>premios.<\/li>\n\n\n\n<li>Obtengan ingresos por la enajenaci\u00f3n de bienes distintos a su activo fijo o<br>presten servicios a personas distintas de sus miembros, siempre que dichos<br>ingresos excedan 5% del total.<br>Determinen remanente distribuible presunto por omisi\u00f3n de ingresos, compras no<br>realizadas, pr\u00e9stamos a socios, etc.<br>Fundamento: art\u00edculos 79, 80 y 81 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><br>d) Las sociedades cooperativas que tengan a su servicio personal administrativo y<br>asalariado, que no sean socios, cuyas relaciones de trabajo se rigen por la Ley Federal<br>del Trabajo, tendr\u00e1n obligaci\u00f3n de participar a esos trabajadores de las utilidades que<br>obtengan.<br>e).- Las empresas exentas en forma parcial o total del pago del impuesto sobre la renta,<br>que tengan trabajadores a su servicio, est\u00e1n obligadas a repartir utilidades por la parte de<br>la exenci\u00f3n, puesto que dicha exenci\u00f3n es s\u00f3lo para efectos fiscales y no puede<br>extenderse a los laborales.<\/p>\n\n\n\n<p>Sujetos Exentos de Repartir Utilidades a sus Trabajadores<br>Las empresas e instituciones que no tienen obligaci\u00f3n de repartir utilidades a sus<br>trabajadores son las siguientes:<br>a) Las empresas de nueva creaci\u00f3n durante el primer a\u00f1o de funcionamiento. El criterio<br>sustentado por las autoridades del trabajo, respecto al plazo de un a\u00f1o de<br>funcionamiento, comienza a correr a partir de la fecha del aviso de registro o alta ante el<br>Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) de la Secretar\u00eda de Hacienda y Cr\u00e9dito<br>P\u00fablico para iniciar operaciones, siendo este el documento que determina si un patr\u00f3n<br>est\u00e1 dentro de la excepci\u00f3n, salvo que demuestre indiscutiblemente que con fecha<br>posterior inici\u00f3 las actividades propias de la empresa.<br>b) Las empresas de nueva creaci\u00f3n dedicadas a la elaboraci\u00f3n de un producto nuevo<br>durante los dos primeros a\u00f1os de funcionamiento. Las empresas deben justificar,<br>primeramente, que son de nueva creaci\u00f3n y, segundo, que fabrican un producto nuevo; la<br>novedad del producto lo determina la Secretar\u00eda de Econom\u00eda y no la empresa. Para que<br>opere esta excepci\u00f3n deber\u00e1n cumplirse conjuntamente los dos requisitos.<br>c) Las empresas de la industria extractiva, de nueva creaci\u00f3n, durante el periodo de<br>exploraci\u00f3n (se refiere a la rama industrial minera). Para disfrutar del plazo de excepci\u00f3n,<br>tienen que ser de nueva creaci\u00f3n. En el momento en que las empresas realicen la primera<br>actividad de producci\u00f3n, termina autom\u00e1ticamente el plazo de excepci\u00f3n y, por<br>consiguiente, tienen la obligaci\u00f3n de participar a los trabajadores de las utilidades que<br>obtengan.<br>d) Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de<br>propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin prop\u00f3sitos de<br>lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios, como son los casos de los asilos,<br>fundaciones, entre otros. Las empresas que no tengan prop\u00f3sitos de lucro, que realicen<br>los citados actos pero que no tengan el reconocimiento de la autoridad, estar\u00e1n obligadas<br>a repartir utilidades a sus trabajadores.<br>e) El IMSS y las instituciones p\u00fablicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales<br>o de beneficencia, est\u00e1n exceptuadas de esta obligaci\u00f3n. El criterio sustentado por la<br>autoridad del trabajo es que los organismos descentralizados que no tengan estos fines,<br>as\u00ed como las empresas de participaci\u00f3n estatal constituidas como sociedades mercantiles<br>y cuya relaci\u00f3n laboral con sus trabajadores est\u00e9 regulada por la Ley Federal del Trabajo,<br>tendr\u00e1n obligaci\u00f3n de repartir utilidades.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<div class=\"video-container\"><iframe loading=\"lazy\" title=\"Manejo Correcto de PTU 2024\" width=\"500\" height=\"281\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/eejl9LgL0uc?feature=oembed&#038;wmode=opaque\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" referrerpolicy=\"strict-origin-when-cross-origin\" allowfullscreen><\/iframe><\/div>\n<\/div><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Sujetos Obligados a Repartir Utilidades a sus TrabajadoresSon sujetos obligados a repartir utilidades todas las unidades econ\u00f3micas de producci\u00f3n,distribuci\u00f3n o comercializaci\u00f3n de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal delTrabajo y, en&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":1224,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[14],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1223"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1223"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1223\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1225,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1223\/revisions\/1225"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1224"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1223"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1223"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1223"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}