{"id":1220,"date":"2024-01-22T04:47:41","date_gmt":"2024-01-22T04:47:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/?p=1220"},"modified":"2024-01-22T04:47:42","modified_gmt":"2024-01-22T04:47:42","slug":"obligaciones-laborales-sobre-teletrabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/circular-informativa\/obligaciones-laborales-sobre-teletrabajo\/","title":{"rendered":"OBLIGACIONES LABORALES SOBRE TELETRABAJO"},"content":{"rendered":"\n<p>Concepto de Teletrabajo (Art. 330-A)<br>El teletrabajo es una forma de organizaci\u00f3n laboral subordinada<br>que consiste en el desempe\u00f1o de actividades remuneradas, en lugares distintos al<br>establecimiento o establecimientos del empleador, por lo que no se requiere la presencia<br>f\u00edsica de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, en el centro de trabajo,<br>utilizando primordialmente las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n, para el<br>contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo y el<br>patr\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;<br>La persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo ser\u00e1 quien<br>preste sus servicios personal, remunerado y subordinado en lugar distinto a las<br>instalaciones de la empresa o fuente de trabajo del patr\u00f3n y utilice las tecnolog\u00edas de la<br>informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Para efectos de la modalidad de teletrabajo, se entender\u00e1 por<br>tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n, al conjunto de servicios, infraestructura,<br>redes, software, aplicaciones inform\u00e1ticas y dispositivos que tienen como prop\u00f3sito,<br>facilitar la tareas y funciones en los centros de trabajo , as\u00ed como las que se necesitan<br>para la gesti\u00f3n y transformaci\u00f3n de la informaci\u00f3n, en particular los componentes<br>tecnol\u00f3gicos que permiten crear, modificar , almacenar, proteger y recuperar esa<br>informaci\u00f3n .<\/p>\n\n\n\n<p>Se regir\u00e1n por las disposiciones del presente cap\u00edtulo las<br>relaciones laborales que se desarrollen m\u00e1s del cuarenta por ciento del tiempo en el<br>domicilio de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, o en el domicilio<br>elegido por \u00e9sta.<\/p>\n\n\n\n<p>No ser\u00e1 considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o espor\u00e1dica.<\/p>\n\n\n\n<p>Condiciones del Teletrabajo (Art. 330-B)<br>Las condiciones de trabajo se har\u00e1n constar por escrito mediante<br>un contrato y cada una de las partes conservar\u00e1 un ejemplar. Adem\u00e1s de lo establecido<br>en el art\u00edculo 25 de esta Ley, el contrato contendr\u00e1:<\/p>\n\n\n\n<p>l. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, y domicilio de las partes;                                                                     II. Naturaleza y caracter\u00edsticas del trabajo;<br>III. Monto del salario y fecha y lugar o forma de pago;<br>IV. El equipo e insumos de trabajo, incluyendo el relacionado con<br>las obligaciones de seguridad y salud que se entregan a la persona trabajadora bajo la<br>modalidad de teletrabajo;<\/p>\n\n\n\n<p>V. La descripci\u00f3n y monto que el patr\u00f3n pagar\u00e1 a la persona<br>trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo por concepto de pago de servicios en el<br>domicilio relacionados con el teletrabajo;<\/p>\n\n\n\n<p>VI. Los mecanismos de contacto y supervisi\u00f3n entre las partes, as\u00ed<br>como la duraci\u00f3n y distribuci\u00f3n de horarios, siempre que no excedan los m\u00e1ximos legales.<\/p>\n\n\n\n<p>VII. Las dem\u00e1s estipulaciones que convengan las partes.<br>Teletrabajo en Contrato Colectivo (Art. 330-C)<br>La modalidad de teletrabajo formar\u00e1 parte del contrato colectivo de<br>trabajo, que en su caso exista entre sindicatos y empresas, y deber\u00e1 entregarse<br>gratuitamente una copia de \u00e9stos contratos a cada uno de las personas trabajadoras que<br>desempe\u00f1en sus labores bajo esta modalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, deber\u00e1n de facilitar los mecanismos de comunicaci\u00f3n y<br>difusi\u00f3n a distancia con los que cuente el centro de trabajo, incluyendo el correo<br>electr\u00f3nico u otros, con el fin de garantizar que las personas trabajadoras bajo la<br>modalidad de teletrabajo tengan conocimiento de los procedimientos de libertad sindical y<br>negociaci\u00f3n colectiva, como lo establecen las obligaciones previstas en las fracciones<br>XXXII y XXXIII del art\u00edculo 132 de la presente ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Teletrabajo en Reglamento Interior de Trabajo (Art. 330-D)<br>Los patrones que no cuenten con un contrato colectivo de trabajo<br>deber\u00e1n incluir el teletrabajo en su reglamento interior de trabajo, y establecer<br>mecanismos que garanticen la vinculaci\u00f3n y contacto entre las personas trabajadoras que<br>desempe\u00f1en sus labores bajo esta modalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Obligaciones Especiales de los Patrones en Teletrabajo (Art.<\/p>\n\n\n\n<p>330-E)<\/p>\n\n\n\n<p>En modalidad de teletrabajo, los patrones tendr\u00e1n las obligaciones<\/p>\n\n\n\n<p>especiales siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>l. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los<br>equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de c\u00f3mputo, sillas ergon\u00f3micas,<br>impresoras, entre otros;<\/p>\n\n\n\n<p>II. Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma<\/p>\n\n\n\n<p>y fechas estipuladas;<\/p>\n\n\n\n<p>III. Asumir los costos derivados del trabajo a trav\u00e9s de la<br>modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de<br>telecomunicaci\u00f3n y la parte proporcional de electricidad;<\/p>\n\n\n\n<p>IV. Llevar registro de los insumos entregados a las personas<br>trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, en cumplimiento a las disposiciones en<br>materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por la Secretar\u00eda del Trabajo y<br>Previsi\u00f3n Social;<\/p>\n\n\n\n<p>V. Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la<br>informaci\u00f3n y datos utilizados por las personas trabajadoras en la modalidad de<br>teletrabajo;<\/p>\n\n\n\n<p>VI. Respetar el derecho a la desconexi\u00f3n de las personas<\/p>\n\n\n\n<p>trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al t\u00e9rmino de la jornada laboral;<\/p>\n\n\n\n<p>VII. Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de<\/p>\n\n\n\n<p>teletrabajo al r\u00e9gimen obligatorio de la seguridad social;<\/p>\n\n\n\n<p>VIII. Establecer los mecanismos de capacitaci\u00f3n y asesor\u00eda<br>necesarios para garantizar la adaptaci\u00f3n, aprendizaje y el uso adecuado de las<br>tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo,<br>con especial \u00e9nfasis en aquellas que cambien de modalidad presencial a teletrabajo.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<div class=\"video-container\"><iframe loading=\"lazy\" title=\"C\u00f3mo Manejar Adecuadamente la Autodeterminaci\u00f3n de Prima de Riesgo 2024\" width=\"422\" height=\"750\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/5Fi03WsBFe4?feature=oembed&#038;wmode=opaque\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" referrerpolicy=\"strict-origin-when-cross-origin\" allowfullscreen><\/iframe><\/div>\n<\/div><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Concepto de Teletrabajo (Art. 330-A)El teletrabajo es una forma de organizaci\u00f3n laboral subordinadaque consiste en el desempe\u00f1o de actividades remuneradas, en lugares distintos alestablecimiento o establecimientos del empleador, por lo que no se requiere&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":1221,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[14],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1220"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1220"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1220\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1222,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1220\/revisions\/1222"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1221"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1220"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1220"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sanchezarellano.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1220"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}