CIRCULAR INFORMATIVA

Requisitos para Deducir Vales de Despensa

 

2).- Requisitos para Deducir Vales de Despensa.-

 

CONCEPTO VALE DE DESPENSA  LISR 27-XI  y RMF 2019 – 3.3.1.15

 

LISR 27-XI. REQUISITO VALES DESENSA

 

Tratándose de vales de despensa otorgados a los trabajadores, serán deducibles SIEMPRE que su entrega se realice a través de los MONEDEROS ELECTRÓNICOS que al efecto autorice el SAT.

 

RMF 3.3.1.15 CONCEPTO VALE DESPENSA

 

Aquél que independientemente del nombre que se le designe, se proporcione a través de monedero electrónico.

 

Permita a los trabajadores utilizarlo en establecimientos comerciales ubicados en TERRITORIO NACIONAL, en la adquisición de artículos de consumo que les permitan el mejoramiento de su calidad de vida y en la de su familia.

 

Los vales de despensa, NO PODRÁN SER CANJEADOS POR DINERO, ya sea en efectivo o en títulos de crédito,  o utilizados para retirar el importe de su saldo en efectivo, directamente del emisor o a través de cualquier tercero, por cualquier medio, incluyendo cajeros automáticos, puntos de venta o cajas registradoras, entre otros.

 

NO podrán utilizarse para adquirir bebidas alcohólicas o productos del tabaco.

 

27/ISN/NV. La previsión social que otorguen los patrones a sus trabajadores no puede entregarse en efectivo o en otros medios que sean equivalentes al efectivo, y su fuere así, no podrá ser considerado como un gasto deducible para el empleador y un ingreso exento del trabajador, pues su destino no está plenamente identificado.

 

Se considera que realizan una práctica fiscal indebida:

 

Los contribuyentes que para los efectos del ISR consideren como gastos de previsión social deducibles o ingresos exentos bajo el concepto de previsión social, las prestaciones entregadas a sus trabajadores en efectivo o en otros medios que permitan a dichos trabajadores adquirir bienes, tales como, los comercialmente denominados vales de previsión social o servicios .

 

Quienes realicen los pagos en términos de la fracción anterior y no efectúen la retención y el entero del ISR correspondiente por los pagos realizados.

 

Quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o la implementación de cualquiera de las prácticas anteriores.

 

CARACTERISTICASDE MONEDEROS ELECTRÓNICOS DE VALES DE DESPENSA RMF 2019 –  3.3.1.16

 

Se entenderá como MONEDERO ELECTRONICO de vale de despensa, cualquier dispositivo tecnológico que se encuentre asociado a un sistema de pagos que proporcione, por lo menos, los servicios de liquidación y compensación de los pagos que se realicen entre los patrones contratantes de los monederos electrónicos, los trabajadores beneficiarios de los mismos, los emisores autorizados de los monederos electrónicos y los enajenantes de despensas.

 

Los emisores autorizados de monederos electrónicos de vales de despensa, podrán determinar libremente las características físicas de dichos monederos, siempre y cuando se especifique que se trata de un monedero electrónico utilizado en la adquisición de despensas.